
La gestión del Ayuntamiento de Benidorm en materia de personal entre
los años 2011 y 2012 ha llevado al Tribunal de Cuentas a abrir una
investigación para esclarecer la posible existencia de responsabilidad contable por el pago irregular de
gratificaciones, pluses, servicios extraordinarios y dietas a
trabajadores, ediles y cargos de confianza, y cuyo alcance económico
podría superar los 1,3 millones.
El departamento segundo de la
Sección de Enjuiciamiento de dicho tribunal, con sede en Madrid, ha
nombrado a un instructor y ha abierto diligencias para investigar todos
estos hechos, a raíz del Informe de Fiscalización de los gastos de
personal de los ejercicios 2011 y 2012 elaborado por la Sindicatura de
Cuentas.
Dicho informe, publicado por el órgano auditor de la
Comunidad Valenciana el pasado 31 de enero, ya alertaba de la existencia
de presuntos indicios de responsabilidad contable y anunciaba su
intención de remitir la documentación obrante en dicho expediente al
Tribunal de Cuentas, que es quien tiene competencias para juzgar en el
ámbito de la responsabilidad contable en que incurran quienes tengan a
su cargo el manejo de bienes o caudales públicos.
Entre las
irregularidades detectadas por la Sindicatura que han llevado al
Tribunal a iniciar esta investigación figuran hasta seis incumplimientos
de la normativa aplicable. En primer lugar, constata la vulneración de
los límites fijados por el pleno, en las bases de ejecución de los
presupuestos municipales de 2011 y 2012, para el pago de complementos de
productividad y de las gratificaciones, que el Ayuntamiento excedió por
un importe de 233.869 euros y 127.969 euros, respectivamente. En este
apartado, el informe destaca que «no consta que el pleno haya aprobado
dichas cantidades pagadas en exceso sobre lo aprobado» y que, en la
mayoría de casos, las mismas no estuvieron debidamente justificadas.
Otro de los asuntos bajo sospecha es que el gobierno local habría incumplido el ya famoso acuerdo del pleno de abril de 2012,
en el que se aprobó una rebaja salarial del 15% a personal del gobierno
y eventuales, y pese a la cual el alcalde, Agustín Navarro, estuvo
durante más de año y medio cobrando de más. En este apartado, la
Sindicatura cifró el desvío en 16.000 euros, aunque el gobierno local
después elevó la cuantía a unos 26.000 y ya se ha acordado cómo los
devolverá.
El tercer incumplimiento detectado que investigará el Tribunal de Cuentas es relativo al pago de servicios extraordinarios
a funcionarios, entre los que la Sindicatura detectó hasta 42 abonos
por este concepto sin autorización o informes previos y, en algunos de
los casos, con justificaciones que se remontan hasta cuatro años antes
del pago. Según los datos de la auditoría, el interventor puso reparos
en numerosos abonos, que en 2011 y 2012 alcanzaron la cuantía total de
82.964 y 40.318 euros, respectivamente.
Dentro de este tipo de
servicios extraordinarios, el informe hace especial mención a la
gratificación que se abona mensualmente a la Policía Local por servicios
de bolsa, cuyo importe ascendió en las anualidades examinadas a 550.752
euros y 318.056 euros. Para la Sindicatura, este tipo de
gratificaciones representa una «retribución periódica» y no una
compensación por servicios extraordinarios, lo que incumpliría el
acuerdo de condiciones del personal y de la Ley de Función Pública
(LFPGV) 10/2010.
Los dos últimos aspectos que se investigarán
dentro de las diligencias acordadas por la Sección de Enjuiciamiento del
Tribunal de Cuentas son el pago de dietas a concejales sin dedicación
exclusiva por la asistencia a la Comisión de Hacienda sin que se
remitiera al departamento de Nóminas ningún acta de asistencia ni otro
tipo de justificación; así como el pago de hasta 6.224 euros en concepto
de «indemnización por fin de contrato» por el cese de 18 cargos de
confianza del gobierno local durante el año 2012 y hasta 2013, dentro de
las «rotaciones» introducidas por el PSOE para dar cabida a todos sus
afines en el Consistorio. Para la Sindicatura, estos gastos incumplen el
artículo 19 de la LFPGV, que establece que para el personal eventual no
está previsto ningún tipo de indemnización.
Embargo de bienes
Un
auto del Tribunal, fechado el 25 de abril, rechaza las alegaciones
formuladas por el Ayuntamiento en las que pedía el archivo de la causa
y, de conformidad con lo solicitado por el Ministerio Fiscal, procede al
nombramiento de un instructor para la práctica de las diligencias
previstas en el artículo 47 de la Ley 7/88 de Funcionamiento del
Tribunal de Cuentas. Este artículo abre la vía, entre otras, a que
pudiera decretarse el embargo de los bienes de quienes se consideren
responsables de los hechos investigados.
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